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Los prejuicios en torno al aborto no son ajenos a la práctica médica. No hay ninguna presión ni persecución para los médicos para que tengan que notificar a alguna autoridad; pero hay quienes lo hacen cuando detecten indicios de un presunto aborto. Así, entre la objeción de conciencia y la criminalización, las mujeres mexiquenses ejercen su derecho al aborto seguro. 


 

Texto: Astrid  Rivera y Perla Miranda
Foto:  Clay Banks on Unsplash

Un embarazo puede desesperarte no traer un pan bajo el brazo, y sí, 
un intento de fuga, pueden caer vidrios de los techos y no bastar con que corras, 
un puñado de arena que te estalla en la cara. 
El médico que te felicita o te cobra tan caro.
Mary Coller

 

La primera receta que María Aïssata emitió fue para prescribir misoprostol a una amiga. Le pidió ayuda para abortar, acababa de titularse como médica, accedió y la acompañó durante el proceso.

Esa fue su primera experiencia acompañando un aborto. Debido a su formación como médica le parecía fácil brindar asesoría a conocidas suyas; sin embargo, en la práctica se dio cuenta de que en los planes de estudio de medicina no se aborda el aborto.

“No se ve para nada el aborto, del espontáneo sí, pero del inducido no, ni siquiera aunque es legal en causales. He tenido muy malas experiencias con las cosas que les dicen los doctores a las chicas, de las mentiras que les dicen, que les van a hacer legrados, a pesar de que es un procedimiento obsoleto. La mayoría de cosas las hemos investigado nosotras”.

La voz del acompañamiento que brindaba María Aïssata se empezó a correr, cada vez más mujeres la buscaban para apoyarlas en sus procesos, fue así como formó la colectiva Medprochoice, Medicina por el Derecho a Elegir.

“Al principio la idea es que la colectiva fuera sólo de profesionales de la salud, pero conforme fuimos creciendo fue imposible que solo fuéramos médicas o enfermeras, pero todas tenemos la formación de acompañamiento con información científica y médica de los manuales”.

Los prejuicios en torno al aborto no son ajenos a la práctica médica, María Aïssata comenta que no hay una presión hacia los médicos para que denuncien a una mujer que presuntamente abortó, puesto que no puede comprobarse si fue espontáneo o inducido.

El Código Penal del Estado de México establece penas de hasta ocho años de cárcel para quien “provoque la muerte del producto de la concepción en cualquier momento del embarazo intrauterino”. Además, el artículo 249 precisa que si el aborto lo causa un médico cirujano o partera, además de la privación de la libertad, se le suspenderá de tres a seis años en el ejercicio de su profesión, y en caso de reincidencia la suspensión será de 20 años.

“Realmente no hay ninguna presión ni persecución para los médicos, para que ellos tengan que denunciar, realmente es una decisión 100% de ellos si lo quieren hacer o no. Hay mucha moralidad dentro de la medicina, cuando los médicos detectan que la mujer tomó misoprostol, es imposible decir: Este doctor supo que la paciente había tomado miso y no la denunció. No se puede hacer”.

Debido a que el misoprostol se metaboliza rápidamente, no es posible detectarlo en la sangre, ya que tarda entre 20 y 40 minutos para eliminarse. Una dosis de 600 mcg la necesaria para realizar el aborto ya no se puede detectar después de seis horas, según la organización Gynuity Health Projects.

María Aïssata considera que para quitarle el estigma con el que se trata el aborto, se requiere despojarse del miedo con el que se habla de ello, porque se trata de un procedimiento médico avalado por las instituciones de salud en el mundo.

“Nos parece un tema polémico porque hablar de aborto es reconocer el ejercicio libre de la sexualidad de las mujeres, cosa que siempre ha sido tema tabú, la sexualidad de los hombres se reconoce abiertamente, se hacen hasta chistes de eso, pero cuando se trata de las mujeres es tabú, ese miedo que nos genera el aborto viene desde ahí y hay que empezar a quitarlo”.

Para Karen Arteaga, maestra en Salud Pública, no hay una política de salud justa para las mujeres, que les permita decidir sobre su cuerpo, lo cual se evidencia desde la formación de los profesionales de la salud, en donde el aborto sólo es abordado cuando es espontáneo.

“En mi formación no se tocó nunca como aborto inducido, salvo en una de las rotaciones que tuve, y eso depende de cada escuela y lugar en donde tengas que estar,  que pasé por una de las clínicas ILE  (Interrupción Legal del Embarazo) en la Ciudad de México (una de las tres entidades donde el aborto está permitido hasta las 12 semanas sin ninguna condición). Se aborda solo el espontáneo, las causas, los factores de riesgo y hasta ahí”.

Juramento hipocrático vs derechos de las mujeres

“No recetaré a una mujer un pasivo abortivo; por el contrario viviré y practicaré mi arte de forma santa y pura”, reza el juramento hipocrático bajo el cual se rige el actuar ético de los médicos y el cual se ha preservado de generación en generación entre los profesionales de la salud. Pero, ¿qué pasa cuando este precepto choca con los derechos de las mujeres?

En México hay un abanico de normativas que determinan las condiciones en las que una mujer puede acceder al aborto, cada uno de los 32 estados que componen la República Mexicana cuenta con su propia legislación y causas por las que se puede acceder al aborto. Sólo en la Ciudad de México, Oaxaca e Hidalgo el aborto es legal, sin ninguna condición, hasta las 12 semanas. En todo el país está permitido el aborto cuando el embarazo es producto de una violación sexual, sin embargo el cumplimiento de este derecho no siempre se lleva a cabo.

Los prejuicios en torno al aborto y la percepción que impera en la sociedad sobre las mujeres que toman esta decisión, permean en las estructuras tanto de las instancias de procuración de justicia, como en los profesionales de la salud, lo que dificulta que este derecho se concrete. 

En 2018, la Suprema Corte de Justicia de la Nación amparó a Marimar, quien fue víctima de violación en Morelos —entidadubicada al sur de la capital de México y a quien médicos de un hospital general de aquella entidad le negaron la interrupción legal del embarazo. La Corte determinó que esta negativa de parte del personal médico, para practicar el aborto a la joven, vulneró sus derechos humanos.

Este caso es considerado paradigmático por las instancias de impartición de justicia de México, al sentar un precedente respecto a la obligación del personal médico de interrumpir el embarazo en caso de una violación. Aunque en México la norma 046 establece el derecho de las mujeres para acceder al aborto cuando es producto de una violación, así como la obligación de los médicos para brindar el aborto seguro. Sin embargo, este derecho no siempre es reconocido por el personal de salud.

No fue hasta tres años después apenas el 16 de junio de 2021—, cuando la Secretaría de Salud emitió el “Lineamiento técnico para la atención del aborto seguro en México”, el cual establece que ningún médico que pertenezca al Sistema Nacional de Salud podrá rechazar o retrasar la solicitud de un paciente para interrumpir su embarazo bajo el argumento de la objeción de conciencia siempre y cuando esté “en riesgo la vida del paciente o se trate de una urgencia médica, en caso contrario se incurrirá en la causal de responsabilidad profesional”.

En México, el aborto es legal dependiendo de las circunstancias y de la ley en cada estado. Hasta el momento, las únicas entidades del país que permiten la interrupción del embarazo por decisión libre son la Ciudad de México, Oaxaca e Hidalgo.

Desconocimiento de marco legal

Fernanda Díaz de León Ballesteros, gerente del Programa de incidencia y acceso comunitario en IPAS, explica que existe un gran desconocimiento de esta normativa entre el personal médico, así como la ausencia de un procedimiento claro mediante el cual se indique cómo garantizar el acceso de las mujeres a este derecho.

“Se supone que cuando una mujer solicita la interrupción del embarazo en el servicio público, el personal médico está obligado a prestar el servicio, lo que se dificulta porque no hay un procedimiento claro para las instancias de salud. Tenemos la norma 46, que habla sobre el aborto por violación. Muchas veces el desconocimiento de esta normativa es muy grande por parte del personal de salud y, por otro lado, no hay protocolos de atención para las otras causales”.

La activista comenta que no siempre son los médicos quienes niegan a las mujeres el derecho de abortar cuando es producto de una agresión sexual, sino que son los trabajadores sociales y enfermeras las que denuncian ante el Ministerio Público.

“Esta práctica es común entre las autoridades de impartición de justicia y de profesionales de la salud, de criminalizar a la mujer y violentar su derecho de presunción de inocencia, siempre usar y determinar que seguramente se trata de un aborto inducido, incluso hurgando circunstancias personales de las mujeres para encuadrar por qué las mujeres quisieron interrumpir el embarazo cuando eso también es violatorio de su intimidad y autonomía de las mujeres”.

Díaz de León Ballesteros resalta que el estigma en torno al aborto se refuerza y repite, incluso, desde la formación académica de los profesionales de la salud en las escuelas de medicina y enfermería.

“En muchos casos ni siquiera se habla de la atención integral al aborto, ya no digamos inducidos, sino espontáneos y desde una perspectiva de Derechos Humanos  es ausente y nula en la mayoría de las escuelas de medicina y enfermería de este país. Creo que el estigma se va fortaleciendo y perfeccionando a lo largo de la formación de los profesionales de la salud”.

Para Karen Luna, coordinadora de investigación en el Grupo de Información en Reproducción Elegida  (GIRE), la criminalización del aborto inicia con el personal de salud que niegan la atención a mujeres con abortos espontáneos y les condicionan el servicio a cambio de que ellas reconozcan que indujeron la interrupción del embarazo.

“Las tratan como sospechosas desde un inicio, incluso antes de darles la atención médica. Es un claro ejemplo en el que no están ni siquiera denunciadas todavía, no están en proceso penal, pero ya están siendo tratadas como criminales, son denunciadas y, muchas veces, este proceso penal puede durar mucho. Imaginemos lo que una persona puede estar sintiendo, sujeta en un proceso penal, que aunque termine en una sentencia absolutoria, pasó un tiempo de su vida siendo señaladas, siendo sujetas de un proceso penal”.

Vanessa Jiménez Rubalcava, integrante de la Red Necesito Abortar, comenta que a las mujeres que se les abre una carpeta de investigación por aborto es porque los médicos la denunciaron por el simple hecho de que llegara a la unidad de salud con sangrado vaginal. 

“El personal médico hace su papel como si fueran jueces, no tienen esa facultad. Abusan de la desinformación que tienen las mujeres sobre sus derechos y cómo se lleva a cabo un proceso legal. Desafortunadamente hay personas que por su ideología, contraria al aborto,  acusan a los compañeros por cuestiones ideológicas más que porque tengan claro si es un delito”.

Lourdes Motta, integrante de Vivas y Libres, detalla que el protocolo que se debe seguir cuando una mujer acude a una unidad médica con síntomas de un aborto, es que se le tiene que brindar atención médica, bajo la denominación de emergencia obstétrica; sin embargo, advierte que no siempre se sigue este procedimiento.

“Lo que ocurre es que se criminaliza, se acusa y se advierte al Ministerio Público para que abran la carpeta de investigación. Es necesario sensibilizar al personal médico con la Norma 007, sí ha habido capacitación por parte del gobierno federal y de los estados, pero es muy difícil. Debemos pelear por esa visión cultural de que lo mejor es: Acuso porque no vaya a ser que alguien me acuse de que fui parte de un aborto, no solo encubrí, sino que colaboré”.

Verónica Cruz, directora del Centro Las Libres, comenta que la criminalización más grave es aquella dirigida a mujeres provenientes de zonas marginadas, quienes llegan a los centros de salud con abortos espontáneos o partos prematuros, sin siquiera saber que están embarazadas y el personal médico las culpa de provocarse el aborto.

“El hilo conductor de la criminalización son los estereotipos de género: “¿Qué creo de esta mujer?” y “Hago lo que quiero de esta mujer, porque nadie la va a defender”. 

Opacidad en la información

La información pública disponible sobre el acceso al aborto bajo las causales establecidas en las diferentes normativas de los estados en México es escaza y carece de claridad; por lo que la falta de datos actualizados dificulta conocer cuántas mujeres accedieron a este servicio.

El informe “Aborto bajo la lupa·, realizado por el Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), señala que hay un “vacío de información profundo”; las instituciones federales y los organismos locales de salud no cuentan con datos actualizados sobre el número de abortos atendidos y mucho menos la causa.

“A pesar de que el marco normativo vigente contempla varias causales de no punibilidad del aborto inducido, la información pública disponible para estimar quiénes y cuántas personas efectivamente acceden a estos servicios de salud deja mucho que desear”.

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Esta investigación fue apoyada por la iniciativa Reproductive Health, Rights, and Justice in the Americas, de la International Women’s Media Foundation’s. 

 

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