En Uruguay 853 personas se definen como trans (travestis, transexuales, transgénero) y la mayoría vive en contextos de exclusión y violencia. El 90% son mujeres trans, el resto, varones trans.
No todes, pero muches, no recibieron educación formal, fueron expulsades de su hogar (con un promedio de 14 años de edad), y ejercen la prostitución en condiciones vulnerables como única salida laboral posible. Estos datos surgen del Censo Nacional de Personas Trans que realizó el Ministerio de Desarrollo Social (MIDES) en 2016 (el primer censo de estas características en el mundo).
En este contexto, el Consejo Nacional de Diversidad Sexual de Uruguay, compuesto por diversos organismos estatales y sociedad civil, presentará el anteproyecto de Ley Integral para Personas Trans en el Parlamento la semana que viene.
Este anteproyecto de ley contempla cuatro aspectos: una cuota de un 1% para llamados laborales y becas del Estado; una indemnización económica para personas trans mayores de 41 años que tengan sus derechos vulnerados por el Estado; una modificación a la Ley de Identidad de Género; y el aval a las terapias hormonales.
La cuota del 1% para llamados laborales del Estado y becas es un logro que en Uruguay ya consiguieron las mujeres en política, la población afro y las personas con capacidades diferentes; y que responde a una demanda de las personas trans organizadas. Aplica para llamados a vacantes laborales en los diferentes organismos estatales y para becas de educación media. Según dijo a Distintas Latitudes, Federico Graña, director de Promoción Sociocultural del MIDES, se contempla un 1% en base a la dimensión que tiene la población trans, que no supera las 1000 personas en Uruguay.
Otro de los aspectos es la indemnización económica que se propone para las personas trans mayores de 41 años, o sea, aquellas nacidas antes del 31 de diciembre de 1975, que vivieron durante el régimen dictatorial (1973-1985), donde la discriminación y el abuso policial campeaba contra buena parte de la población LGTBI (y que continuó una vez que el país volvió a la democracia). Graña especificó que la indemnización corre únicamente para aquellas personas que “puedan demostrar que sus derechos fueron vulnerados por el Estado”. El monto de la indemnización será de público conocimiento cuando se presente el proyecto de ley en el Parlamento, dijo Graña.
La “Ley de Derecho a la identidad de género y al cambio de nombre y sexo en documentos identificatorios” se aprobó en Uruguay en el 2009, e implica un trámite engorroso y que necesariamente pasa por el ámbito de la justicia, explicó Graña. Por eso, ahora se pretende que el trámite pase a ser administrativo y que quienes deseen cambiar su nombre en sus documentos de identidad puedan dirigirse directamente al Registro Civil.
Por último, en Uruguay hace tres años que el Sistema Integral de Salud del Estado ofrece acceso y acompañamiento a quienes se realizan terapias de hormonización y operaciones de cambio de sexo. Esto a partir de resoluciones expedidas por el Ministerio de Salud Pública y la Administración de los Servicios de Salud del Estado. Para entender este punto del nuevo proyecto de ley, Graña explicó que el objetivo es que este “proceso deje de estar sostenido por resoluciones y pase a tener el aval de una ley”.
Los avances en la legislación que contemplan los derechos de la población LGBTI son alcanzados, en parte, por las demandas históricas de la sociedad civil organizada, que ha estado detrás de logros como la Ley de Identidad de Género, el Matrimonio Igualitario y el acceso a las terapias hormonales.